El gobierno prorrogó el congelamiento de tarifas y la prohibición de cortes de servicios

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Los incluidos en la medida son los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil; monotributistas sociales; y jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM.

La Plata, 19 Jun (InfoGEI).- El gobierno nacional prorrogó hasta fin de año el congelamiento de las tarifas de los servicios públicos, determinado en la Ley de Emergencia Social, que regía hasta este mes, como así también la disposición que prohíbe interrumpir la provisión de los servicios ante la falta de pago por parte de usuarios pertenecientes a sectores vulnerables.

El Decreto 543/2020 publicado en el Boletín Oficial amplió de 3 a 6 las facturas impagas consecutivas o alternas que un usuario incluido dentro del grupo de personas en situación de vulnerabilidad podrá acumular sin que la empresa de cualquiera de los servicios públicos pueda interrumpir el suministro.

El decreto precisó que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e Internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1 de marzo de 2020.

Los incluidos en la medida son los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, actualmente en $ 16.875; monotributistas sociales; y jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM.

El gobierno nacional también prorrogó hasta fin de año la suspensión del cierre e inhabilitación de cuentas bancarias y la exigencia de bancos a empresas de presentar un libre deuda de aportes previsionales para acceder a un crédito, a través del decreto 544/2020. (InfoGEI)