El Banco Central (BCRA) concretó finalmente hoy el primer paso para regular la actividad de los Proveedores de Servicio de Pago (PSP) o Fintech al disponer que los fondos que sus clientes tengan acreditados en las cuentas de pago que ofrecen deberán estar colocados en un monto equivalente en cuentas a la vista en pesos abiertas en bancos para asegurar su disponibilidad inmediata en todo momento, un paso que tendrán tiempo de cumplimentar hasta el 31 de enero próximo.
La determinación busca garantizar que el saldo que sus clientes tengan en un monedero virtual efectivamente sea líquido y pueda ser controlado, a la vez que busca cerrar toda posibilidad de que estas empresas lo usen para inversiones de corto plazo para obtener ganancias propias a espaldas de sus clientes, como lo habrían detectado en algunos casos.
Sin embargo, en los hechos, si gnifica una importante transferencia de recursos de las cuentas virtuales (manejadas mayoritariamente por las Fintech) a las cuentas físicas bajo administración de los bancos, algo que estas empresas resisten ya que consideran que se trata de liquidez cuya administración ganaron tras haber conseguido ampliar el mercado, en especial, desde que se logró (hace algunos meses) la interoperatividad entre cuentas virtuales (identificadas con una Clave Virtual Uniforme o CVU) y físicas (singularizadas por una Clave Bancaria Uniforme o CBU).
De hecho, la Cámara Argentina de Fintech, que agrupa a 223 PSPs, según pudo establecer LA NACION, le pedirá el martes a las autoridades del BCRA (en una reunión que ya tenían programada) que les permitan abrir dichas cuentas corrientes en el propio ente rector tal y como se permite a los bancos, algo que le permitiría a las autoridades monetarias “tener pleno control de la disponibilidad de los fondos” a la vez que le abriría la posibilidad a estas empresas de destinarlos a la “suscripción de pases pasivos”.
“Es algo que permitiría a nuestras empresas mantener una retribución a los clientes por los saldos que dejan en sus cuentas, que es algo que valoran mucho del sistema actual, y a la vez serviría como competencia para estimar que los bancos remuneren mejor los saldos que sus clientes dejan en cuentas a la vista”, destacan.
La reglamentación dispuesta por la Comunicación “A” 6859, aclara que las PSP podrán, a pedido de sus clientes, aplicar los saldos de las cuentas de pago en fondos comunes de dinero, algo que ya hacen por ejemplo empresas como Mercado Libre (creó junto al Banco industrial Mercado Fondos y abrió más de un millón de cuentas comitentes, lo que representa tres cuartos de las cuentas abiertas por suscripciones de Fondos Comunes de Inversión en el país) y Ualá (los vuelca desde octubre el SBS Ahorro Pesos del grupo SBS). Sólo reclama que los saldos invertidos, en ese caso se informen de manera separada del resto.
En el comunicado mediante el que difundió la medida el BCRA explicó que la actividad de los PSP ya está regulada en otros países de la región y Europa y que la idea de supervisar las cuentas de pago que ofrecen a sus clientes apunta a darle “mayor transparencia al sistema e incrementar la protección a los usuarios financieros”.
La norma inicial no avanzó en prohibir las transferencias de dinero desde una CVS de una persona jurídica, como había transcendido, porque se habría pactado con la Administración de Ingresos Públicos (AFIP) que amplía la aplicación del impuesto a los débitos y créditos a estas operaciones para no afectar la operatividad entre ambos sistemas de pago. Tampoco se conocieron determinaciones para delimitar la actividad prestamista que varias de estas compañías realizan, de manera de evitar que caigan en intermediación financiera, es decir, usar fondos captados de terceros para dar crédito como tienen permitido los bancos, algo sobre lo que avanzaría en adelante.
Vale recordar que las PSP pueden ofrecer préstamos siempre que los hagan como fondos propios o con dinero tomado mediante colocaciones en el mercado de capitales, como varias de ellas ya hacen.