Crimen de Fernando Báez Sosa: tras la condena, los rugbiers asesinos saldrán de la cárcel por primera vez

0
76

En el marco de la condena que recibieron los ocho rugbiers por el crimen de Fernando Báez Sosa, se fijó una audiencia para el próximo martes 15 de agosto a la que asistirán los condenados, tal como hicieron durante el juicio, en el que estuvieron presentes en cada jornada. Esta será la primera vez que dejarán la cárcel tras haber escuchado la sentencia.

Durante este encuentro las partes detallarán las apelaciones, que ya solicitaron por escrito, en referencia a las condenas que recibieron los acusados el pasado 6 de febrero. La audiencia está programada para el próximo 15 de agosto a las 11, en el primer piso de la sede judicial de calle 43 al 874, ubicada en la ciudad de La Plata, a donde fueron convocados por los jueces de la Sala II, integrado por Mario Kohan, Fernando Mancini Hebeca y María Florencio Budiño.

De manera, que en esa fecha programada los jóvenes serán trasladados desde la alcaldía de Melchor Romero a la sede judicial. En este sentido, el Tribunal de Casación Penal bonaerense determinó en su resolución: “De conformidad con la solicitud de la Defensa corresponde librar oficio al Servicio Penitenciario provincial a fin de que se concrete, para la fecha y hora indicadas en el punto anterior, el traslado de los imputados”. Para ello, las partes deberán presentarse al menos 30 minutos antes para poder acreditarse.

No obstante, en la resolución el tribunal rechazó el ofrecimiento de prueba testimonial que había propuesto, Hugo Tomei, la defensa de los rugbiers, con el fin de que se citara a declarar a la doctora Verónica Zamboni, Agente Fiscal del Departamento Judicial Dolores, a la doctora Olindi Huespi, Defensora Oficial del mismo Departamento Judicial y a Alejo Milanesi.

“El ofrecimiento de prueba testimonial realizado por la Defensa no prospera pues en esta etapa recursiva se requiere -como exigencia dirimente de admisibilidad para el avance de toda articulación- que la parte interesada demuestre las circunstancias que tornarían atendible dicho ofrecimiento a fin de que esta Alzada pueda evaluar su admisibilidad supuesto que, en autos, se verifica incumplido”, establece la resolución.

Los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores, el pasado 6 de febrero condenaron a prisión perpetua a Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi, por el delito de “homicidio doblemente agravado, por el concurso premeditado de dos o más personas y por alevosía en concurso real con ideal con lesiones leves”, mientras que Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi recibieron una pena de 15 años de cárcel por ser partícipes secundarios del mismo hecho.

Cabe destacar que tanto la fiscalía, encabezada por Gustavo David García Juan Manuel Dávila, como la defensa de los rugbiers y también la querella, apelaron el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Dolores.

Por su parte, Fernando Burlando y Fabián Améndola, los abogados que representan a los padres del joven asesinado, Silvino Báez y Graciela Sosa, pidieron que se modifiquen las penas para los tres rugbiers que fueron condenados a 15 años de prisión ya que según sostuvieron, deberían recibir perpetua.

En sintonía, la fiscalía solicitó que los 8 jóvenes condenados sean considerados coautores del “homicidio agravado” de Fernando Báez Sosa y condenados a perpetua. Los fiscales calificaron de “absurda” e “incoherente” la decisión de los magistrados con la sentencia de Cinalli, Viollaz y Lucas Pertossi en la “selección y valoración de la prueba para entender como secundaria la participación de los condenados”, como así la “errónea aplicación de un precepto legal”.

También mencionaron una “arbitrariedad” la sentencia “por carencia de logicidad en la fundamentación y falsa motivación en la determinación del momento en el que se verifica el dolo homicida“.

Por otro lado, Hugo Tomei aseguró que la condena de sus defendidos debería ser por “homicidio en riña” en el caso de los que ya tienen prisión perpetua y que los tres sentenciados como “partícipes secundarios” deberían ser absueltos.

Fuente: cronica